Avances en la Protección Materno-Infantil: Legislación y Compromiso Laboral
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Protección de la maternidad y la primera infancia
El Congreso de la República de Colombia expidió la Ley 2306 del 31 de julio de 2023 por medio de la cual promueve la protección de la maternidad y la primera infancia, por lo que crea normas e incentivos para la construcción de áreas de lactancia materna en el espacio público y de igual manera dicta otras disposiciones.
Esta Ley tiene por objeto:
La protección y apoyo a la maternidad y la primera infancia, reconociendo el derecho a las mujeres a amamantar a sus hijas e hijos en el espacio público, definiendo parámetros para que establecimientos de carácter privado y entes territoriales construyan o adecúen espacios públicos para que las madres en etapa de lactancia puedan amamantar en espacios públicos con alta afluencia
La protección y apoyo a la maternidad y la primera infancia, reconociendo el derecho a las mujeres a amamantar a sus hijas e hijos en el espacio público, definiendo parámetros para que establecimientos de carácter privado y entes territoriales construyan o adecúenespacios públicos para que las madres en etapa de lactancia puedan amamantar enespacios públicos con alta afluencia.
De ahora en adelante, el empleador debe conceder un (1) descanso de 30 minutos en los mismos términos hasta los 2 años del menor, siempre y cuando se mantenga y manifieste una adecuada lactancia materna y continua.
De lo anterior se debe tener en cuenta lo siguiente:
Con la ampliación del periodo de descanso por lactancia hasta los 2 años del menor, es obligatorio demostrar por la trabajadora, que aún lacta y que es el alimento que se encuentra suministrándole a su hijo(a) de forma continua y permanente.
Para ello, deberá aportarse el medio probatorio respectivo que permita concluir lo anterior. En nuestro parecer, consideramos que la certificación médica será obligatoria para demostrarlo.
Debido a que el artículo 239 del Código Sustantivo del Trabajo señala expresamente que, existe una prohibición para despedir durante el periodo de gestación, licencia de maternidad y lactancia, es claro que, al ampliarse el término de descanso por lactancia, el cual pasará en algunos casos de los 6 meses a los 2 años de vida del hijo, significa que dicha protección también se amplía en los casos en que se demuestre la continua y adecuada lactancia materna.