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Creado:
December 30, 2024
Actualizado:
January 31, 2025
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Diciembre - 2024

Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Decreto 1496 de 2024 actualizando el listado de Jurisdicciones No Cooperantes. ¿Qué Implica este nuevo Decreto 1496 de 2024? Impacto en los Contribuyentes a partir del 1 de enero de 2025. Colombia tiene un nuevo Código Procesal del Trabajo. Reglamentación del Sistema de Gestión de Seguridad para la Prevención de Accidentes Mayores – Resolución 5492 de 2024. La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República emitió el 6 de diciembre de 2024 su circular número CIR24-00000089.

Ministerio de Hacienda y Crédito Público el Decreto 1496 de 2024 actualizando el listado de Jurisdicciones No Cooperantes.

Este decreto representa una actualización significativa en la regulación de las jurisdicciones consideradas no cooperantes, de baja o nula imposición, y los regímenes tributarios preferenciales que impactan la normativa fiscal en Colombia.

Esta nueva normativa, que reglamenta parcialmente el artículo 260-7 del Estatuto Tributario y modifica el artículo1.2.2.5.1. del Decreto 1625 de 2016 (Único Reglamentario en Materia Tributaria), busca fortalecer la transparencia fiscal y combatir la evasión tributaria mediante la exclusión de territorios que han demostrado un cumplimiento efectivo de los estándares internacionales de intercambio de información.

¿Qué Implica este nuevo Decreto 1496 de2024?

La esencia de este decreto radica en la actualización del listado de jurisdicciones no cooperantes. Basándose en el informe elaborado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN),presentado a través de la Resolución No. 096 del 31 de mayo de 2024, se evaluaron rigurosamente los avances en las negociaciones de tratados internacionales, la efectividad de los acuerdos de intercambio de información y el cumplimiento de los criterios establecidos en la Ley 1819 de 2016.

El resultado de esta evaluación se traduce en la exclusión de diversas jurisdicciones que han demostrado un mayor nivel de cooperación y transparencia, facilitando así una mayor integración fiscal con Colombia.

El Decreto 1496 de 2024 elimina del listado de jurisdicciones no cooperantes a los siguientes territorios:

•            Antigua y Barbuda

•            Estado de Brunei Darussalam

•            Granada

•            Hong Kong

•            Islas Cook

•            Mancomunidad de Dominica

•            República de Mauricio

•            República de Seychelles

•            República Libanesa

•            San Kitts & Nevis

•            San Vicente y las Granadinas

•            Santa Lucía

Esta exclusión implica que, a partir dela entrada en vigor del decreto, estos territorios dejarán de ser considerados "paraísos fiscales" bajo la normativa colombiana, lo que conlleva un tratamiento fiscal diferente y más favorable, alineado con los progresos en la cooperación internacional.

Impacto en los Contribuyentes a partir del 1 de enero de 2025

El Decreto 1496 de 2024 tendrá un impacto directo en los contribuyentes que realizan operaciones con las jurisdicciones mencionadas. A partir del 1 de enero de 2025, estos contribuyentes ya no estarán sujetos a las mismas obligaciones fiscales que se aplicaban cuando dichas jurisdicciones eran consideradas no cooperantes.

Este cambio representa una oportunidad significativa para que los contribuyentes revisen y ajusten sus estrategias tributarias, adaptándolas a las nuevas disposiciones legales. Es crucial que se informen y comprendan las implicaciones de este decreto para optimizar su cumplimiento tributario.

Es importante destacar que las jurisdicciones que permanecen en el listado de no cooperantes continuarán bajo una estricta supervisión y regulación fiscal, con el objetivo de prevenir prácticas que puedan erosionar la base gravable en Colombia.

Colombia tiene un nuevo Código Procesal del Trabajo

El pasado 12 de diciembre, el Congreso de la República aprobó el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el cual busca agilizar el trámite y la toma de decisiones judiciales. Como puntos relevantes podemos mencionar algunos que, para nosotros, son los que van a ser de mayor trascendencia:

1.    Eliminación de la única instancia, por lo que ahora todos los procesos serán sí o sí, de doble instancia.

2.    Incremento de la competencia en razón a la cuantía de las pretensiones, ya que se sube de 20 smlmv a 40 smlmv.

3.    Los jueces de pequeñas causas laborales que hoy en día están vigentes se transformarán a jueces municipales y conocerán delos procesos con cuantía inferior a 40 smlmv. Los jueces del circuito serán los que conozcan los procesos de cuantía superior a 40 smlmv.

4.    Se cambian las reglas de competencia para el conocimiento de los procesos, por lo que ya no será exclusivo el domicilio del demandado o el lugar de prestación del servicio.

5.    Se crean nuevos procesos especiales y se asigna competencia para los jueces para que conozcan los procesos sobre fuero sindical, fuero circunstancial, fuero de maternidad, fuero por discapacidad, fuero de prepensionado, fuero derivado del acoso laboral.

6.    Los Consorcios y Uniones Temporales tendrán capacidad directa para participar delos procesos judiciales.

7.    El demandante no deberá enviar previamente al demandado la demanda y anexos.

8.    Son modificadas las consecuencias por no contestar la demanda, pues se tendrán como confesos los hechos susceptibles de confesión.

9.    Se establecen las medidas cautelares para los procesos ordinarios.

10.  Se establece la posibilidad de proferir sentencia anticipada cuando sea procedente.

11.  Se reglamenta el régimen de nulidades para los procesos laborales sin que sea necesario remitirse al procedimiento civil.

 

Recuerda que desde Alianta podremos brindarte la mejor capacitación para afrontar los retos judiciales.

 

Reglamentación del Sistema de Gestión de Seguridad para la Prevención de Accidentes Mayores – Resolución 5492 de 2024

 

El 3 de diciembre de 2024 fue expedida la Resolución 5492 de 2024 por parte del Ministerio de Trabajo. Esta resolución tiene como objetivo primordial establecer las directrices de obligatorio cumplimiento paralas instalaciones clasificadas en el país, la cual corresponde al desarrollo o cumplimiento del Decreto 1347 de 2021, siendo obligatorio para todas las empresas que deben implementar este sistema con el fin de prevenir accidentes que involucren sustancias químicas peligrosas y que puedan generar impactos graves en la salud, el medio ambiente y la infraestructura de las comunidades cercanas.

 

Al respecto, es importante tener de presente que el objetivo de este nuevo Sistema, es el de anticipar, identificar y controlar los riesgos asociados a actividades industriales que puedan desencadenar accidentes mayores, por lo que cada empresa está obligada a realizar el diseño, implementación y monitoreo de un sistema adecuado a la naturaleza de sus actividades y a los grandes peligros potenciales que puedan llegar a ocurrir en un lugar o población, garantizando una respuesta oportuna en caso de emergencias.

 

Por último, este Sistema genera la obligación de realizar simulacros anuales, diseñados para capacitar y preparar a los trabajadores antela ocurrencia de posibles siniestros y la forma en la que deben ejecutar las funciones en caso de ocurrir un accidente mayor. Los simulacros serán supervisados de manera rigurosa y cuidadosa para garantizar que las estrategias de respuesta sean efectivas. En todo caso, se hace necesario establecer procedimientos claros para realizar la investigación de incidentes, logrando evitar futuros accidentes mayores.

Recuerda que en Alianta contamos con expertos en Seguridad y Salud en el Trabajo que permiten crear la política y la implementación de este nuevo Sistema de Prevención contra Accidentes Mayores.

 

La Secretaría de Transparencia de la Presidencia de la República emitió el 6 de diciembre de2024 su circular número CIR24-00000089 / GFPU 13130000 en donde dan lineamientos parala elaboración e implementación del PTEE y una Guía para las Autoridades de Inspección, Vigilancia y Control para que definan sus propias normatividades para la Implementación del Programa de Transparencia y Ética Empresarial a sus sujetos obligados.

En un entorno empresarial cada vez más competitivo y exigente, la reputación de una compañía es uno de sus activos más valiosos. Los consumidores, inversores y socios comerciales buscan cada vez más trabajar con empresas que demuestran altos estándares de ética y transparencia. Los Programas de Transparencia y Ética Empresarial (PTEE) se han convertido en una herramienta fundamental para construir y proteger esta reputación.

El Impacto de los Lineamientos Mínimos de los PTEE

La implementación delos lineamientos mínimos establecidos para los PTEE no solo cumple con las obligaciones legales, sino que también ofrece una serie de beneficios comerciales tangibles:

·       Fortalecimiento de la Reputación: Los PTEE demuestran el compromiso de una empresa con la integridad y la transparencia, lo que mejora su imagen pública y atrae a clientes y socios de calidad.

·       Reducción de Riesgos: Al identificar y mitigar los riesgos de corrupción y malas prácticas, las empresas pueden evitar costosas multas, sanciones legales y daños a su reputación.

·       Mejora de la Gobernanza Corporativa: Los PTEE promueven una cultura de integridad y responsabilidad en toda la organización, lo que fortalece la gobernanza corporativa y la toma de decisiones.

·       Acceso a Nuevos Mercados: Muchas empresas exigen que sus proveedores cumplan con ciertos estándares éticos y de transparencia. Al contar con un PTEE sólido, las empresas pueden acceder a nuevos mercados y oportunidades de negocio.

·       Atracción y Retenciónde Talento: Los profesionales cada vez más buscan trabajar en empresas quecomparten sus valores y tienen un fuerte compromiso con la ética. Los PTEEpueden ayudar a atraer y retener a los mejores talentos.

·       Mayor Confianza delos Inversores: Los inversores valoran las empresas transparentes y bien gobernadas. Los PTEE pueden aumentar la confianza de los inversores y mejorar el valor dela empresa.

Cómo Implementar un PTEE Efectivo

Para aprovechar al máximo los beneficios de un PTEE, las empresas deben:

·       Realizar una evaluación de riesgos: Identificar los principales riesgos de corrupción y malas prácticas a los que se enfrenta la empresa.

·       Desarrollar un código de conducta: Establecer un conjunto claro de principios y valores que guíen el comportamiento de todos los empleados.

·       Implementar canales de denuncia: Crear mecanismos seguros y confidenciales para que los empleados puedan reportar cualquier irregularidad.

·       Capacitar al personal: Asegurarse de que todos los empleados comprendan y cumplan con los requisitos del PTEE.

·       Divulgación: Asegurar una cultura organizacional ética y transparente, así como las políticas sean comprendidas por todos los colaboradores, proveedores, contratistas y clientes partiendo del principio de corresponsabilidad.

·       Realizar auditorías periódicas: Evaluar la eficacia del PTEE y realizar los ajustes necesarios.

Conclusión:

Los Programas de Transparencia y Ética Empresarial son mucho más que un simple cumplimiento legal. Son una inversión estratégica que puede generar beneficios significativos a largo plazo. Al adoptar los lineamientos mínimos establecidos, las empresas pueden construir una reputación sólida, reducir riesgos, mejorar su gobernanza y abrir nuevas oportunidades de negocio.