Creado:
January 11, 2024
Actualizado:
January 31, 2024
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Enero-1-2024

Incremento IPC 2024.

El 9 de enero de 2024 el DANE reveló un dato muy esperado por todos, la cifra del IPC (Índice de Precios al Consumidor) del año 2023, este servirá como base para el incremento del costo de productos de algunos bienes y servicios para el 2024.

  • La variación anual del IPC se determinó en un 9,28 %.

Los productos de la canasta familiar que tendrán incremento se encuentran divididos en 12 grupos, los cuales son:

  1. Alimentos y bebidas no alcohólicas.
  2. Bebidas alcohólicas y tabaco.
  3. Prendas de vestir y calzados.
  4. Alojamiento, agua, electricidad, gas y conservación ordinaria de la vivienda.
  5. Salud.
  6. Transporte
  7. Información y comunicación
  8. Recreación y cultura
  9. Educación
  10. Restaurantes y hoteles
  11. Bienes y servicios diversos.

Los arrendamientos de vivienda urbana, tal como lo estableció la ley 820 de 2003, no podrán subir más del 100% del monto del IPC, el cual, como se dijo anteriormente, fue de 9,28%. Por lo tanto, debe tenerse en cuenta este porcentaje.

En cuanto a los arriendos comerciales, no existe una norma que decrete los límites del aumento, por este motivo, las partes deberán dirigirse a lo acordado en el contrato de trabajo.  

Por último, y otro dato para tener en cuenta, es que en Colombia NO existe una norma que ordene que el salario sea reajustado anualmente con base en el IPC, es decir, no están obligados a incrementarse con el mencionado indicador, a menos que se trate de un acuerdo que este previamente firmado por las partes y /o se encuentre plasmado en una Convención Colectiva de Trabajo, Pacto Colectivo de Trabajo, Laudo Arbitral o algún Plan de Beneficios Extralegales.  

El único salario que está obligado a ser incrementado anualmente es el Salario Mínimo Legal, el cual ya tuvo un incremento del 12,07% de acuerdo con el Decreto 2292 de 2023. No obstante, en virtud del principio constitucional de movilidad y actualización de poder adquisitivo, se recomienda que se tenga como parámetro de incremento el IPC del año anterior para los salarios superiores al salario mínimo, en aras de buscar la actualización correspondiente.